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El tratado de altamar que se abre a firma el pr贸ximo mes de septiembre en la asamblea general de la ONU, es esperanzador, mas no es una panacea. El oc茅ano, es la biosfera m谩s grande del planeta y alberga hasta el 80 por ciento de toda la vida en el mundo. No se trata solo de 鈥渓os pulmones del planeta", sino tambi茅n su mayor sumidero de carbono, un amortiguador vital contra los impactos del cambio clim谩tico. A continuaci贸n, en el siguiente blog se presentan los aportes del Derecho Internacional y el Nuevo Tratado de Alta Mar.

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Claudia S. de Windt. Abogada internacional y acad茅mica dominicana. Experta en ciencias pol铆ticas, justicia, gobernanza socio-ambiental (ESG) y diplomacia para la sostenibilidad. Es directora ejecutiva del (IIJS: ) y miembro de la

La autora agradece la colabarcion a este articulo de Juan Camilo Macias, jurista colombiano egresado de la Universidad Sciences Po.

El tratado de altamar[1] que se abre a firma el pr贸ximo mes de septiembre en la asamblea general de la ONU, es esperanzador, mas no es una panacea[2]. El oc茅ano, es la biosfera m谩s grande del planeta y alberga hasta el 80 por ciento de toda la vida en el mundo. No se trata solo de 鈥渓os pulmones del planeta", sino tambi茅n su mayor sumidero de carbono, un amortiguador vital contra los impactos del cambio clim谩tico.

Mas del 30% de las poblaciones de las Am茅ricas viven y dependen para su subsistencia de recursos marinos y costeros en el mar territorial y la zona econ贸mica exclusiva situada m谩s all谩 del mar territorial y adyacente a 茅ste. Sobre los cuales, incluyendo sus recursos, el Estado ribere帽o tiene derechos de soberan铆a y jurisdicci贸n incluida la exploraci贸n y explotaci贸n de sus recursos.[3] 听El 54% de los oc茅anos, est谩 fuera de los l铆mites de la jurisdicci贸n nacional y es patrimonio de la humanidad. Esta 鈥渮ona鈥, de conformidad a la Convenci贸n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR)[4] comprende la superficie de los fondos marinos y oce谩nicos y su subsuelo, as铆 como sus recursos. Su exploraci贸n y explotaci贸n debe llevarse a cabo en beneficio de la humanidad en su conjunto, independientemente de la ubicaci贸n geogr谩fica de los Estados.听

Los cambios en el oc茅ano causados por contaminantes clim谩ticos han aumentado en los 煤ltimos 30 a帽os conforme al Grupo Intergubernamental de las Naciones Unidas sobre el Cambio Clim谩tico (IPCC)[5], lo vemos en el sargazo[6], en el blanqueo de los corales, en la acidificaci贸n y el aumento del nivel mar entre otras manifestaciones.听

El cambio clim谩tico, exacerba las presiones y amenazas en nuestros oc茅anos, la contaminaci贸n, la sobreexplotaci贸n de los recursos marinos y pesqueros y la destrucci贸n de h谩bitats naturales como resultado de diferentes actividades humanas, algunas cruzando nuevas fronteras. El impacto de la actividad humana en el mar territorial y la zona econ贸mica es m谩s conocido, que fuera de la jurisdicci贸n de los Estados. En este 谩mbito, nuestros mares enfrentan dos grandes amenazas. 听La primera derivada de la pesca ilegal no reportada y no reglamentada y la segunda de lala miner铆a en la 鈥渓a zona鈥漼 sus repercusiones en componentes naturales y organismos en los fondos marinos con reconocido valor para medicina y cosm茅ticos[7] e inequidades resultantes de derechos adquiridos en ausencia de un r茅gimen que regulase la distribuci贸n de beneficios.

A pesar de que el Tribunal Internacional del Derecho del Mar se ha pronunciado sobre la pesca ilegal no declarada y no reglamentada y las obligaciones de los buques que portan bandera[8], numerosas naves de sobrecapacidad industrial cada vez con mayor frecuencia trascienden los limites autorizados dentro de las zonas econ贸micas exclusivas por los Estados. 听Sus redes pasen desapercibidas con toneladas de especies marinas en peligro, como tiburones y rayas provenientes de reservas marinas y espacios no autorizados.听 La contaminaci贸n pl谩stica que producen dichas embarcaciones y sus redes trasciende todos los l铆mites mar铆timos y contribuye al cambio clim谩tico.

La humanidad vive un momento cr铆tico en cuanto a cruzar o no un l铆mite planetario, en cuanto a la miner铆a en los fondos marinos, que hasta ahora ha sido exploratoria. En Julio de 2021, empez贸 a correr el plazo de dos a帽os para que Nauru, un Peque帽o Estado Insular en Desarrollo en el Pacifico pueda solicitar a la Autoridad Internacional de los Fondos Marinos (AIFM), una licencia temporal de explotaci贸n minera en 鈥渓a zona鈥. Los Estados nunca imaginaron el giro que dar铆a la tecnolog铆a, ni mucho menos que la lucha contra el cambio clim谩tico iba a resultar un catalizador de la demanda de minerales de 鈥渓a zona鈥. Idealmente, esto no deber铆a ocurrir hasta tanto la AIFM cumpliese con el prop贸sito de su creaci贸n hace mas 28 a帽os: 听la redacci贸n y aprobaci贸n de un C贸digo de Miner铆a que regule la actividad minera en la zona, as铆 como el acceso y la distribuci贸n de los beneficios. La aprobaci贸n de dicho C贸digo requerir铆a consenso de los 167 miembros y la Uni贸n Europea.

Lo que se conoce a la fecha, es indicativo de que la adem谩s de la destrucci贸n de los fondos marinos, la maquinaria que se utilizar铆a para la miner铆a en la zona crear铆a sedimentos que sofocar铆an los arrecifes de coral y otros organismos descubiertos y por descubrir con aplicaciones importantes en la ciencia, medicina y los cosm茅ticos hasta cientos de millas de los sitios mineros. As铆 tambi茅n podr铆a socavarse la capacidad de captura de carbono de los oc茅anos, acelerando el calentamiento global. 听Sin embargo, la distribuci贸n de beneficios de las actividades en 鈥渓a zona鈥 es la 煤nica posibilidad que tienen los Estados sin litoral de recibir una compensaci贸n econ贸mica del 鈥減atrimonio de la humanidad鈥. A nivel mundial, existen 43 Estados sin litoral, 32 de los cuales son pa铆ses en desarrollo de bajos ingresos. En las Am茅ricas, solo Bolivia y Paraguay se encuentran en esta categor铆a. Cient铆ficos y tomadores de decisi贸n y la Uni贸n Internacional para la Conservaci贸n de la Naturaleza (UICN), han pedido una moratoria hasta que se comprenda el impacto de la miner铆a en los fondos marinos.[9]

En un 谩rea de 1.7 millas cuadradas entre Hawaii y M茅xico (zona Clarion-Clipperton en el Pacifico) identificada como una zona importante para la miner铆a en los fondos marinos, unas cinco mil nuevas especies fueron descubiertas investigadores[10].听 La gesti贸n prudente del riesgo requiere claramente la consideraci贸n de los factores que podrian llevar a materializar听 los peores escenarios. El nivel de impacto que puedan tener las amenazas en altamar va a depender de la vulnerabilidad y de la respuesta de la comunidad internacional. El ambiente marino es un sistema con m煤ltiples conexiones din谩micas entre sus elementos. Los impactos que puedan resultar de estas amenazas son multidimensionales y con repercusiones sist茅micas.听 Es un efecto domin贸, todo esta interconectado.听 El efecto cumulativo es relevante y los ecosistemas fr谩giles son m谩s vulnerables con repercusiones en la garant铆a del derecho a un ambiente sano[11], en particular en cuanto personas en situaci贸n de vulnerabilidad.听

La gobernanza, entendida como la arquitectura o los marcos formados por reglas, leyes, pol铆ticas, procesos, comportamientos e interacciones que afectan las consideraciones de desarrollo sostenible con efectos en el ambiente marino existe. Tenemos que hacerla efectiva.

Trata principalmente de la Interacci贸n del r茅gimen del derecho del mar con el r茅gimen internacional del cambio clim谩tico y de la biodiversidad. La regulaci贸n de las obligaciones y los limites en el relacionamiento para la protecci贸n de los espacios marinos, derivadas de la amplia gama de compromisos internacionales que han sido adoptados e internalizados en los ordenamientos jur铆dicos de los Estados y van desde: 听La Convenci贸n para la Protecci贸n de la Flora, la Fauna y la Belleza Esc茅nica de los pa铆ses de Am茅rica suscrita en 1940, el Convenio de Diversidad Biol贸gica-incluido del marco de Kunming Montreal-, la Convenci贸n sobre Especies Migratorias, la CITES, la Convenci贸n Marco de las Naciones Unidos sobre el Cambio Clim谩tico (CMNUCC), el Acuerdo de Paris, la CONVEMAR, 听entre otros a los que se suma el 听m谩s reciente complemento a la familia de los Acuerdos Multilaterales Ambientales: el tratado para la conservaci贸n y el uso sostenible de la biodiversidad marina de las 谩reas fuera de la jurisdicci贸n nacional (BBNJ por sus siglas en ingles)

La CMNUCC requiere que todos los Estados Parte promuevan la gesti贸n sostenible, la conservaci贸n y la mejora de los sumideros y reservorios de GEI, incluidos los oc茅anos. Por un lado, en 2019, el IPCC puso en evidencia la importancia de los oc茅anos en el r茅gimen de cambio clim谩tico.听 Esto llev贸 el cambio clim谩tico efectivamente al universo de la Convenci贸n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), en el 谩mbito de la cual los gases de efecto invernadero y otros agentes que afectan el clima son "contaminaci贸n"[12] al causar efectos nocivos en el medio marino. 听听Por otro lado, la Parte XII, relativa a la pprotecci贸n del medio marino, debe tambi茅n interpretarse a la luz del Acuerdo de Par铆s, que destaca la importancia de garantizar la integridad de todos los ecosistemas, incluidos los oc茅anos[13].

El nuevo tratado de alta mar, aborda cuestiones transversales, como la relaci贸n con la CONVEMAR, los instrumentos y marcos jur铆dicos pertinentes, los 贸rganos mundiales, regionales, subregionales y sectoriales pertinentes, as铆 como el financiamiento y la soluci贸n de controversias. Establece un marco para la distribuci贸n justa y equitativa de los beneficios derivados de las actividades relacionadas con los recursos gen茅ticos marinos y la informaci贸n digital sobre sus secuencias. Establece instrumentos de ordenamiento en base a los sistemas de 谩reas marinas protegidas, aborda la cooperaci贸n, la capacitaci贸n y la tecnolog铆a. Incluye por primera vez en la historia un marco jur铆dico para la evaluaci贸n de los efectos acumulativos de las actividades econ贸micas, adem谩s de medidas y herramientas criticas para evaluar consecuencias internacionales del cambio clim谩tico, la acidificaci贸n de los oc茅anos y los efectos conexos, en las zonas situadas fuera de la jurisdicci贸n nacional.

A cuatro d茅cadas de la suscripci贸n de la CONVEMAR, ante el cambio clim谩tico, se torna inminente la protecci贸n de los mares y una nueva mirada a la aplicaci贸n de la arquitectura jur铆dica 听para su protecci贸n.

La vulnerabilidad al cambio clim谩tico, es alta.[14] Siendo la vulnerabilidad intr铆nseca, el foco debe ser la buena gobernanza.[15]

La justicia en los Estados miembros ha dado se帽ales importantes en la aplicaci贸n efectiva de los instrumentos en vigor. Un claro ejemplo es la protecci贸n por la sala constitucional de Costa Rica de especies de tiburones martillo teniendo en cuenta la fragilidad de las especies y las amenazas climaticas.[16]

Vivimos un momento hist贸rico en cuanto a la mejora de la gobernanza poni茅ndola a prueba en materia clim谩tica, de los oc茅anos y derechos. La propia Corte Interamericana ha sido consultada por dos Estados miembros sobre la respuesta a la emergencia clim谩tica-incluyendo en referencia a los oc茅anos y los peque帽os estados insulares[17].

El Tribunal del Derecho del Mar ha sido nuevamente en facultad consultiva[18] sobre obligaciones y responsabilidades de los Estados, en cuanto al cambio clim谩tico mostrando un rol efectivo en la administraci贸n y protecci贸n del r茅gimen internacional de los oc茅anos. La Corte Internacional de Justicia tambi茅n ha sido autorizada a emitir una opini贸n consultiva[19]. 听La UICN a trav茅s de la Comisi贸n Mundial de Derecho Ambiental, ha sido invitada y autorizada por estas instancias a contribuir a estos procesos consultivos que abordan la respuesta al cambio clim谩tico, con implicaciones relevantes para la salud de los oc茅anos y la humanidad.听

El Decenio de las Naciones Unidas de las Ciencias Oce谩nicas para el Desarrollo Sostenible (2021-2030) tiene como objetivo reunir a las partes interesadas en el oc茅ano a nivel mundial para garantizar que la ciencia oce谩nica apoye a los pa铆ses en el logro del ODS 14 (vida submarina).

Las acciones para la gesti贸n sostenible de los oc茅anos y la mejora de la gobernanza marina deben ser preventivas y progresivas en el entendido de que los impactos clim谩ticos evolucionan, afectan sistemas din谩micos y derechos.

Las responsabilidades que tienen los Estados en esta materia se basan en el principio de la 肠辞辞辫别谤补肠颈贸苍. Por supuesto considerando las distintas capacidades, con coherencia y el involucramiento de los distintos actores como se destaca con la reuni贸n de partes interesadas en Costa Rica en 2024 y la Tercera Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Oc茅ano. Estas y su enfoque en acci贸n, son reflejo de la ambici贸n de la humanidad para la gesti贸n sostenible de los oc茅anos y la mejora de la gobernanza marina.

El nuevo tratado de Altamar incluye un 脫rgano Cient铆fico y T茅cnico y otros 贸rganos subsidiarios de la Conferencia de las Partes, adem谩s de un mecanismo de facilitaci贸n y una secretar铆a que deber铆an contribuir a la interfaz entre la ciencia y la pol铆tica, mejorando la efectividad y la eficacia de las respuestas y de la Coalici贸n de Alta Ambici贸n por la Naturaleza y las Personas (High Ambition Coalition, HAC por sus siglas en ingl茅s). Hay que construir coaliciones. El sector privado, juega un papel central no solo en cerrar la brecha financiera para detener la perdida de la biodiversidad en los oc茅anos, sino en la econom铆a azul, la innovaci贸n para el manejo de riesgos de naturaleza y las soluciones basadas en la ciencia.

El tratado de altamar es esperanzador, mas no es una panacea. Para evitar impactos irreversibles de la actividad minera en los fondos marinos, como da帽os a microrganismos que podr铆an ser claves para la salud y el bienestar humano, la moratoria propuesta es fundamental. La transici贸n energ茅tica para enfrentar la crisis clim谩tica requiere de minerales cr铆ticos, pero el costo para la humanidad debe ser razonable. La gobernanza y las respuestas en la aplicaci贸n del tratado de alta mar, deben integrar cuatro Principios del Derecho Internacional que deben prevalecer en las respuestas.听 El uso de la mejor ciencia disponible, la prevenci贸n, progresividad y la 肠辞辞辫别谤补肠颈贸苍.


[1] Acuerdo bajo la Convenci贸n de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar sobre la conservaci贸n y el uso sostenible de la biodiversidad de las zonas situadas fuera de la jurisdicci贸n nacional (BBNJ o Tratado de Alta Mar) https://www.un.org/bbnj/sites/www.un.org.bbnj/files/igc_5_-_further_revised_draft_text_final.pdf .
[2] Comentario de la Comision Mundial de Derecho Ambiental/Grupo de Especialistas de Oc茅anos
[3] CONVEMAR Art.56 Dentro de la zona econ贸mica exclusiva, los Estados tienen derechos de soberan铆a para los fines de exploraci贸n y explotaci贸n, conservaci贸n y administraci贸n de los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas suprayacentes al lecho y del lecho y el subsuelo del mar, y con respecto a otras actividades con miras a la exploraci贸n y explotaci贸n econ贸micas, tal como la producci贸n de energ铆a derivada del agua, de las corrientes y de los vientos. https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf
[4] https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf
[5] IPCC, 2023: (AR6) Summary for Policymakers.听In: Climate Change 2023: Synthesis Report. A Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change. Contribution of Working Groups I, II and III to the Sixth Assessment Report of the Intergovernmental Panel on Climate Change [Core Writing Team, H. Lee and J. Romero (eds.)]. IPCC, Geneva, Switzerland, 36 pages. (in press)
[6] https://doi.org/10.1016/j.marpolbul.2022.113564
[7] Patenting marine genetic resources: Who owns ocean biodiversity? https://www.sciencedaily.com/releases/2018/06/180606143739.htm
[8] 2022. Antolog铆a judicial ambiental III : biodiversidad y la crisis de la naturaleza / coordinadoras Alejandra Rabasa Salinas, Claudia S. de Windt. Jurisprudencia en la Crisis de los Oc茅anos. Solicitud de opini贸n consultiva presentada por la Comisi贸n Subregional de Pesca, opini贸n consultiva, 2 de abril de 2015, ITLOS Reports 2015. P.163
[9] https://www.iucn.org/dg-statement/202303/iucn-director-generals-open-letter-isa-members-deep-sea-mining
[10] https://oceanographicmagazine.com/news/5000-new-species-found-in-clarion-clipperton-zone/#:~:text=A%20team%20of%20researchers%20has,worms%20previously%20unknown%20to%20science.
[11] A/76/L.75 El derecho humano a un medio ambiente limpio, saludable y sostenible.
[12] Art铆culo 1(1)(4) de la Convemar (1982)
International Tribunal of the Law of the Sea (Case No. 31) WRITTEN STATEMENT OF THE INTERNATIONAL UNION FOR CONSERVATION OF NATURE AND NATURAL RESOURCES -WORLD COMMISSION ON ENVIRONMENTAL LAW, OCEAN LAW SPECIALIST GROUP. 13 June, 2023
[13] https://www.un.org/depts/los/convention_agreements/texts/unclos/convemar_es.pdf
[14] Ibid.10 听https://www.bancomundial.org/es/news/press-release/2022/09/13/banco-mundial-accion-climatica-urgente-america-latina-caribe-acelerar-transicion-bajas-emisiones-de-carbono
[15] Carta Democr谩tica Interamericana (Art. 15 y Art.27).
[16] Exp. 17-008322-1027-CA Res. 000912-F-S1-2023. Sala Primera de la Suprema Corte de Justica de Costa Rica. 21 de Junio de 2023
[17] CDH-OC-1-2023/255 Invitation for 香港六合彩开奖结果现场直播 to Submit Written Opinion on Request by the Republic of Chile and the Republic of Colombia for Advisory Opinion to InterAmerican Court of Human Rights on 鈥淐limate Emergency and Human Rights,鈥 of January 9, 2023
[18] Ibid 10
[19] No. 2023/29 14 June 2023.听 The Court authorizes the International Union for Conservation of Nature to participate in the proceedings. https://www.icj-cij.org/sites/default/files/case-related/187/187-20230614-PRE-01-00-EN.pdf