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Story 03 Oct, 2019

El M谩ximo Tribunal de Argentina fall贸 a favor de la protecci贸n de los humedales

Por Ana Di Pangracio -听La Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n dej贸 sin efecto una sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre R铆os que hab铆a rechazado un amparo ambiental interpuesto contra los impactos negativos de un emprendimiento inmobiliario en la ribera del r铆o Gualeguaych煤, parte integrante de la cuenca del Plata. Resalt贸 el estado de vulnerabilidad de los humedales y consagr贸 los principios de in dubio pro natura y pro aqua.

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Photo: Wetland

La Ley General del Ambiente en Argentina, sancionada en 2002, establece como una de las herramientas de la pol铆tica ambiental del pa铆s al ordenamiento ambiental del territorio. Tal clase de proceso es una deuda a煤n pendiente. S贸lo ha habido avances sectoriales, aunque muy relevantes, para ecosistemas tales como los bosques nativos y los glaciares.

Hubo dos oportunidades claras en el Congreso Nacional de sancionar una ley de est谩ndares m铆nimos para la protecci贸n ambiental de los humedales, ecosistemas en serio retroceso a nivel global[1] y escenario al cual Argentina no es una naci贸n ajena. En ambos casos la iniciativa se frustr贸 en la C谩mara de Diputados en raz贸n del fuerte lobby agroindustrial y la falta de inter茅s de los integrantes de la C谩mara Baja, perdiendo estado parlamentario.

El 11 de julio de 2019 la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n (CSJN) dict贸 un fallo en los autos 鈥Majul, Julio Jes煤s c/Municipalidad de Pueblo General Belgrano y otros s/ acci贸n de amparo ambiental鈥 que supone un antecedente de suma importancia en el reclamo hacia una protecci贸n efectiva de estos valiosos ecosistemas que sustentan una gran biodiversidad y medios de vida para tantas comunidades.

La CSJN dej贸 sin efecto la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de la provincia de Entre R铆os el cual hab铆a rechazado un amparo ambiental colectivo interpuesto por vecinos de la ciudad Gualeguaych煤, en defensa de un sector del mayor sistema de humedales de Argentina (r铆os Paran谩-Paraguay) ante el impacto que sobre el mismo tendr铆a la instalaci贸n听 de un proyecto inmobiliario de gran escala 鈥淏arrio N谩utico Amarras Gualeguaych煤鈥 que pretend铆a avanzar sin haber cumplido con los requerimientos b谩sicos en materia de evaluaci贸n de impacto ambiental.

La CSJN resalt贸 que la decisi贸n del m谩ximo tribunal entrerriano no atend铆a las irregularidades del procedimiento de autorizaci贸n para avanzar con las obras y los da帽os ambientales derivados de ello que ser铆an dif铆ciles o imposibles de recomponer, todo previo a la aprobaci贸n legal de los estudios de impacto ambiental.听

El m谩ximo tribunal argentino tom贸 la definici贸n dada por la comunidad internacional en la Convenci贸n Relativa a los Humedales de Importancia Internacional, llam贸 a ponderar el principio precautorio cuando se trata de la protecci贸n de una cuenca h铆drica, y alert贸 sobre el estado cr铆tico de los humedales a escala global, evidenciando que es urgente avanzar en su protecci贸n efectiva.

Cabe destacar que en su decisi贸n la CSJN consagr贸, por primera vez, dos principios ambientales acogidos por declaraciones resultantes de procesos en los cuales la UICN ha estado fuertemente involucrada, y en pleno reconocimiento de las vitales funciones que cumplen los humedales. En este sentido, indic贸 al principio in dubio pro natura seg煤n el cual "en caso de duda, todos los procesos ante tribunales, 贸rganos administrativos y otros tomadores de decisi贸n deber谩n ser resueltos de manera tal que favorezcan la protecci贸n y conservaci贸n del medio ambiente, dando preferencia a las alternativas menos perjudiciales. No se emprender谩n acciones cuando sus potenciales efectos adversos sean desproporcionados o excesivos en relaci贸n con los beneficios derivados de los mismos" (Declaraci贸n Mundial de la Uni贸n Internacional para la Conservaci贸n de la Naturaleza -UICN- acerca del Estado de Derecho en materia ambiental, Congreso Mundial de Derecho Ambiental de la UICN, R铆o de Janeiro, abril de 2016[2]). Asimismo, se帽al贸 al principio in dubio pro aqua, en raz贸n del cual 鈥las controversias ambientales y de agua deben ser resueltas en los tribunales, y las leyes ser interpretadas del modo m谩s favorable a la protecci贸n y preservaci贸n de los recursos de agua y ecosistemas conexos鈥 (8vo Foro Mundial del Agua en Brasilia. Declaraci贸n de Jueces sobre Justicia H铆drica. 21 de marzo de 2018[3]).

La CSJN llam贸 la atenci贸n al tribunal superior de Entre R铆os por exceso ritual manifiesto al postergar la protecci贸n judicial del ambiente, y le record贸 preceptos judiciales ambientales b谩sicos. En esa l铆nea, destac贸 que el ejercicio de los derechos individuales debe ser compatible con los derechos de incidencia colectiva, sin afectar el funcionamiento ni la sustentabilidad del paisaje natural, la biodiversidad, el agua, los valores culturales, etc.

El fallo tambi茅n resalt贸 un aspecto muy importante de los procesos de evaluaci贸n de los impactos ambientales al recordar que los estudios y su aprobaci贸n deben ser previos a la ejecuci贸n de la obra o actividad, al tiempo que no debe admitirse que la autorizaci贸n estatal se expida en forma condicionada (lastimosamente una pr谩ctica habitual de las autoridades competentes en Argentina).

Esta decisi贸n del m谩ximo tribunal argentino supone un muy necesario llamado a la tutela ambiental, reafirmando la plena vigencia de principios ambientales fundamentales y acogiendo los m谩s recientes. Sin dudas, dar谩 un renovado impulso al reclamo ciudadano de defensa de los humedales.

Sobre el Autor

Ana Di Pangracio
Ana Di Pangracio
Ana Di Pangracio es abogada especializada en derecho y pol铆tica ambiental. Directora Ejecutiva Adjunta de la Fundaci贸n Ambiente y Recursos Naturales (FARN), con sede en Buenos Aires Argentina.听Ella es miembro de Comision Mundial de Derecho Ambiental.听


[1]

[2]https://www.iucn.org/sites/dev/files/content/documents/spanish_declaracion_mundial_de_la_uicn_acerca_del_estado_de_derecho_en_materia_ambiental_final.pdf

[3] https://www.iucn.org/commissions/world-commission-environmental-law/wcel-resources/brasilia-declaration-judges-water-justice